La Academia Peruana de Salud Pública (APSP) constituye una de las principales iniciativas académicas y científicas impulsadas por especialistas peruanos comprometidos con el fortalecimiento de la salud pública en el país. Su origen se remonta al año 2015, cuando un grupo de médicos especialistas graduados en Salud Pública en diversas universidades nacionales y privadas decidió unir esfuerzos para crear una institución dedicada a promover la investigación, la formación académica y el desarrollo de políticas orientadas al bienestar de la población.
La fundación de la Academia fue resultado de reuniones realizadas en las instalaciones del Colegio Médico del Perú, donde destacados profesionales: Maestros, Magisters y Doctores de la Salud Pública conformaron el Comite Ejecutivo Nacional de Organización. Este comité estuvo presidido por el Dr. Juan Yépez León, acompañado por el Dr. José Luis La Rosa Botonero como vicepresidente y el Dr. Juan Alvítez Morales como director general.
Desde su creación, la Academia reunió a reconocidos maestros, magisters, doctores y especialistas en Salud Pública y Medicina Humana, quienes fueron incorporados como miembros fundadores, titulares, asociados y regionales, en reconocimiento a su trayectoria académica y profesional. Asimismo, la institución obtuvo su inscripción oficial en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), consolidando su carácter formal y científico.
A una década de su fundación, la Academia Peruana de Salud Pública representa el resultado de la visión y el esfuerzo de sus miembros fundadores, manteniendo vigente su compromiso con la generación de conocimiento, la formación de recursos humanos en salud, la investigación científica y la contribución al desarrollo de la salud pública en el Perú.
La Academia Peruana de Salud Pública tiene como finalidad:
Para la realización de sus fines, los principios básicos de la Academia Peruana de Salud Pública son de:
La Academia Peruana de Salud Pública tiene como Funciones Principales, entre otras:
Por ASAMBLEA GENERAL del 28/09/2024 se acordó la ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO para el período 28/09/2024 al 27/09/2027, el cual quedó conformado de la siguiente manera:
PRESIDENTE: JUAN ISAAC YEPEZ LEON.
1ER VICEPRESIDENTE: EDUARDO MARTIN SOTOMAYOR BUSTAMANTE.
2DO VICEPRESIDENTE: MOISES ENRIQUE TAMBINI ACOSTA.
DIRECTOR GENERAL: PERCY ALFONSO DELGADO ROJAS.
DIRECTOR DE ECONOMÍA: HERMES DELFIN INJANTE DE LA CRUZ.
1º VOCAL: MARÍA ESTHER ALBA RODRIGUEZ.
2° VOCAL: LUIS ANTONIO TOLMOS REGAL.
3° VOCAL: ROBERT ALEJANDRO TORREJON CACHAY.
Miembros Fundadores de la Academia Peruana de Salud Pública
Los Miembros de la Academia están constituídos por las clases siguientes:
Los Miembros Fundadores tienen además el carácter de Miembro Titulares u Honorarios, siempre y cuando cumplan con lo que ordena el Estatuto y Reglamento de la Academia. Los Miembros Honorarios, son personalidades nacionales y extranjeras en el campo de la Salud Pública o su equivalencia y que hayan prestado servicios eminentes en condiciones especiales en protección y preservación del bienestar de la salud y la vida de los peruanos.
La Asamblea General señalará el número de Miembros de cada clase.
Para ser propuesto Miembro Titular se requiere de doctorado y maestría en Salud Pública o su equivalente; y ser médico cirujano con especialidad o su equivalente a la Salud Pública. En los casos de Miembros Asociados: título profesional de médico cirujano o su equivalente, haber egresado de la maestría de Salud Pública o su equivalente. Y para ser Miembros Regionales constancia de estudios de maestría en Salud Pública o su equivalente y tener título profesional de médico cirujano o su equivalente. Los Miembros Asociados y Regionales, tienen hasta tres años para solicitar ser Miembros Titulares, siempre que reúnan las exigencias estatutarias.
En todo caso, para cualquier propuesta de admisión de Miembros Titulares, Asociados o Regionales, deberán además acreditar tener experiencia en salud pública y/o su equivalente, sea técnica, administrativa, directiva, consultiva o de asesoría. Las propuestas serán presentadas al Consejo Ejecutivo Nacional por dos Miembros Titulares, su aceptación deberá ser por unanimidad y para su efecto se emitirán las Resoluciones correspondientes.
Derechos de los Asociados, Fundadores, Regionales, Titulares y Honorarios.
Obligaciones de los Asociados, Fundadores, Regionales, Titulares y Honorarios